
Financiación estatal de la ejecución de sentencias firmes por parte de las Entidades Locales
La Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, de modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas y de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera incorpora una medida, que introducida como enmienda en el Senado, que posibilita la ejecución de sentencias por parte de las Entidades Locales.
En las últimas fechas, y como consecuencia del relevo de los recientemente constituidos Ayuntamientos se ha advertido por los nuevos regidores la existencia de «sentencias en el cajón» que podían afectar a la prestación de los servicios públicos. Por ejemplo, en mi ciudad, Zaragoza se habla de la existencia de sentencias condenatorias municipales pendientes de ejecutar que alcanzan los 100 millones de euros (ABC, 31 de julio de 2015)