
La aplicación del superavit de las Entidades Locales
En las últimas fechas hemos recibido consultas de algunos ayuntamientos de nuestra Comunidad que planteaban la necesidad de utilizar el superavit presupuestario para financiar modificaciones de crédito, extremo este imposibilitado por la LO de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
A continuación adjuntamos Nota informativa emitida por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aclara cómo únicas posibilidades para la aplicación del superávit de las entidades locales la rebaja del endeudamiento o, siempre bajo las condiciones que se establecerán en la futura Ley Orgánica de control de deuda comercial de las AAPP, la inversión pública.