El Anteproyecto de Ley de la Función Pública de Aragón del que el martes 11 de junio de 2013 el Consejo de Gobierno tomo conocimiento (Nota de prensa) con carácter previo a la tramitación de un periodo de información y consultas establece nuevos criterios para la clasificación de los puestos reservados a de Funcionarios locales de Habilitación Estatal en la Comunidad Autónoma de Aragón. Disposición Adicional Decimonovena del Anteproyecto.
Así, frente a lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el texto sometido a información pública eleva el importe al que debe ascender el presupuesto municipal para la clasificación el puesto de trabajo de Secretaría de Segunda.
De este modo, municipios de población inferior a 5000 habitantes deberán ser clasificados como de Secretaría de Segunda únicamente cuando el presupuesto municipal ascienda a 6 millones de euros (frente a los 500 millones de pesetas anteriores) del mismo modo que municipios que hayan descendido de esa población podrán reclasificaser como de tercera si no llegan a ese límite presupuestario.