La obligación de aprobación relación de puestos de trabajo en las Entidades Locales Aragonesas.

El proyecto de ley de la Función Pública de Aragón remitido por el Gobierno de Aragón a las Cortes en mayo de 2014 establece en su disposición adicional vigésimo séptima uno de esos mandatos normativos que se nos antoja de muy difícil cumplimiento.

Disposición adicional vigésimo séptima.— Aprobación de las relación de puestos de trabajo de las Entidades locales.

En el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el órgano competente de acuerdo con la legislación de régimen local procederá a la aprobación de las Relación de Puestos de Trabajo de las Entidades locales y de las Entidades públicas previstas en el artículo 3.1.d) a ellas vinculadas o dependientes.

relación de puestos de trabajo

 

 

        Conocido es por todos los operadores jurídicos del mundo local que es muy extraño, al menos en el municipalismo aragonés, que una Entidad Local cuente con Relación de Puestos de Trabajo a pesar de la importancia de ese instrumento.

       Consciente de esta situación, entiendase de la importancia y de su inexistencia, el texto remitido por el Gobierno Aragonés para su tramitación en sede parlamentaria  pretende obligar a todos los Entes Locales aragoneses a que en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la norma, a lo sumo a finales de este 2014, los Ayuntamientos y Comarcas aragonesas cuenten con ese indispensable instrumento de ordenación del personal público.

Si a las dificultades técnicas que ya de por si suponen la elaboración de una RPT ( relación de puestos de trabajo ) se le añade la especial caracterización de los municipios aragoneses, su atomización, la escasa capacidad presupuestaria, y el momento de grave dificultad en el que nos encontramos se antoja muy complicado que todas las EELL aragonesas cuenten con RPT (relación de puestos de trabajo) de aquí a dos años, lo que no obsta para que debamos aplaudir, al menos, la voluntad del legislador aragonés para dar a este instrumento la importancia que se merece y cuya ausencia constante venimos sufriendo quienes trabajamos en el mundo local.

Nota año 2016: 

Finalmente el proyecto de Ley de Función Pública de Aragón de 2014, al que hace referencia esta entrada, no fue objeto de aprobación por las Cortes de Aragón al finalizar la legislatura de 2011-2015 sin dicha aprobación.

No obstante lo anterior, el nuevo gobierno autonómico surgido de las elecciones de 2015 ha manifestado su voluntad para la tramitación de un nuevo texto normativo de la función pública aragonesa al que hemos hecho referencia en este blog . 

Ley Función Pública Aragón. Anteproyecto

La nueva norma, aun en fase de tramitación, vuelve a prescribir que los Ayuntamientos aragoneses cuenten con la relación de puestos de trabajo en el plazo de 18 meses desde su aprobación ….

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