
Licencia ambiental en Aragón tras la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
O como quedarse a medio camino de una declaración responsable en materia de licencias ambientales
Por @sclaverom
En el BOA de fecha 10 de diciembre de 2014 fue publicada la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón a la que ya hicimos mención, cuando la norma era proyecto, en este mismo blog en atención a su evidente incidencia en el ámbito local respecto a los regímenes autorizatorios en actividades sometidas a licencia ambiental de actividades clasificadas.
En aquel momento ya advertíamos de las dificultades que en el ámbito municipal aragonés suponía la posibilidad de poner en marcha una actividad molesta, insalubre, nociva o peligrosa mediante una pretendida declaración responsable, que en la configuración legal establecida, se constituye únicamente como una pre-licencia que requiere de la oportuna posterior tramitación administrativa en el plazo de tres meses.