
Procedimiento negociado y empresa no invitada
La Administración no puede negar la participación a empresa no invitada en procedimiento negociado.
Si se niega a cualquier empresario que reúna las cualificaciones necesarias la posibilidad de acudir a una licitación se le puede estar dispensando por parte de la Administración un tratamiento no igualitario y discriminatorio. Informe 33/2009 de la Junta de Contratación Administrativa.
La suerte de tener un buen cliente (y amigo) que se dedica al mundo del toro o como dicen los más puestos en esto «empresario taurino» tiene (además de por supuesto acercarme a un ambiente y costumbres extraordinarias, a algún que otro festejo y capea) la posibilidad de conocer la actitud que desarrollan los diferentes Ayuntamientos de la geografía española en los procedimientos de licitación de las plazas de toros, algunos de los cuales, quizá por lo concreto de la materia y la dificultad del establecimiento de criterios objetivos de elección, dejan bastante que desear y que bien merecerían el tratado a que me hacía referencia en mi cuenta de twitter.
Estoy valorando seriamente escribir un "tratado" sobre #contratación administrativa y los #toros @cajsatoros
— Sergio Clavero (@sclaverom) May 11, 2016
Hace unos días, una llamada de ese cliente -habitual en los meses de abril y mayo cuando se desarrollan los procedimientos de licitación de las plazas-, me indicaba que en el «Ayuntamiento «X» no me cojen la documentación porque dicen que no me han invitado al procedimiento» «¿Que hago?» …
Obviamente el procedimiento en cuestión era un procedimiento negociado sin publicidad y aunque al final el cliente consiguió su objetivo de «presentar» la documentación (y evidentemente no resultar adjudicatario), ello nos obligo a analizar la doctrina de diferentes Juntas de contratación administrativas para justificar el derecho a la participación en el procedimiento. (más…)