
Relación de Puestos de Trabajo. Regulación futura para las Entidades Locales Aragón.

La obligación de aprobación relación de puestos de trabajo en las Entidades Locales Aragonesas.
El proyecto de ley de la Función Pública de Aragón remitido por el Gobierno de Aragón a las Cortes en mayo de 2014 establece en su disposición adicional vigésimo séptima uno de esos mandatos normativos que se nos antoja de muy difícil cumplimiento.
Disposición adicional vigésimo séptima.— Aprobación de las relación de puestos de trabajo de las Entidades locales.
En el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el órgano competente de acuerdo con la legislación de régimen local procederá a la aprobación de las Relación de Puestos de Trabajo de las Entidades locales y de las Entidades públicas previstas en el artículo 3.1.d) a ellas vinculadas o dependientes.
Conocido es por todos los operadores jurídicos del mundo local que es muy extraño, al menos en el municipalismo aragonés, que una Entidad Local cuente con Relación de Puestos de Trabajo a pesar de la importancia de ese instrumento.