Dic 22, 2018 | Alquiler, Consumo
Limitaciones a las viviendas de uso turístico mediante acuerdos de la Comunidad de Propietarios.
El Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2018 aprobó el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que contempla un conjunto de medidas de carácter urgente para mejorar el acceso a la vivienda y favorecer el alquiler asequible, objeto de publicación en el BOE en fecha de 18 de diciembre de 2018. (Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler).
La nueva norma, que comprende la modificación de cinco leyes, entre ellas la Ley de Propiedad Horizontal, posibilita el establecimiento de modo explícito de limitaciones a las viviendas de uso turístico por las Comunidades de Propietarios bien mediante su prohibición, bien mediante el establecimiento de condiciones para su ejercicio.
Se modifica de este modo la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, con la inclusión del apartado número 12 del artículo 17 para habilitar la posibilidad de que, por mayoría cualificada de tres quintas partes de los propietarios, en las comunidades de vecinos puedan adoptarse acuerdos que limiten o condicionen el ejercicio de la actividad del alquiler turístico de vivienda, para, de esta forma, favorecer la convivencia en los edificios de viviendas.
El nuevo apartado señala:
«12. El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, suponga o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Asimismo, esta misma mayoría se requerirá para el acuerdo por el que se establezcan cuotas especiales de gastos o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice dicha actividad, siempre que estas modificaciones no supongan un incremento superior al 20%. Estos acuerdos no tendrán efectos retroactivos.»
Sep 26, 2015 | Consumo
La entrada en vigor de la Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial clarifica la competencia para las demandas por clausulas suelo
Hasta la fecha, la mayoría de las demandas que solicitaban la
nulidad de la clausula suelo venían presentándose en los Juzgados de lo Mercantil en atención a su competencia para conocer las acciones derivadas de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
Aunque esa era la práctica
habitual, la consideración de que la aplicación de la clausula venía determinada por una falta de transparencia, esto es, por la vulneración de la normativa de consumidores y usuarios permitía sostener la competencia objetiva de los Juzgados de Primera Instancia.
Esta aparente contradicción ha sido subsanada mediante la reforma del apartado g) del artículo 86 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial (BOE) que entra en vigor el día 1 de octubre de 2015 que ha atribuido la competencia de los Juzgados de lo Mercantil únicamente para las
» Las acciones colectivas previstas en la legislación relativa a condiciones generales de la contratación y a la protección de consumidores y usuarios»
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Nov 9, 2014 | Consumo, Derecho Administrativo
Por Sergio Clavero Miguel
@sclaverom
El pasado lunes 3 de noviembre se publicó en el BOCA el Proyecto de Ley de Comercio de Aragón, proyecto que de ser aprobado, sustituirá a la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón, aún vigente y que fue objeto de diversas modificaciones como consecuencia de fue modificada por la Ley 4/2006, de 22 de junio, y por el Decreto-Ley 1/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, de modificación de diversas Leyes de la Comunidad Autónoma de Aragón para la transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior
Conforme a su objeto, la nueva norma regulará el régimen administrativo de la actividad comercial y los requisitos para el ejercicio del comercio en Aragón con el fin de asegurar el correcto desarrollo de la actividad, el fomento de la misma procurando su diversidad y favoreciendo la protección y defensa de los consumidores y usuarios. Todo ello con sujeción a lo dispuesto en la normativa europea y estatal de libertad de establecimiento y de prestación de servicios.
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Nov 4, 2012 | Consumo

Desde hace ya un tiempo venimos observando las continuas bajadas del Euribor.
No obstante en muchas ocasiones las bajadas del indice de referencia de las hipotecas en España no tiene repercusión en los titulares de prestamos hipotecarios que ven como dada la suscripción de hipotecas con clausula suelo ven limitadas las bajadas de esos tipos al limite pactado.
Cuando esas limitaciones se han producido sin verdadero conocimiento del usuario o son desproporcionadas respecto a las condiciones del préstamo muy beneficiosas para la entidad financiera (por ejemplo un techo muy desproporcionado), tenemos posibilidad de declararlas abusivas, anularlas y exigir las cantidades indebidamente cobradas por la entidad financiera.