El proyecto Ley Contratos fue objeto de aprobación en el Senado con la introducción de dos únicas enmiendas, siendo objeto de remisión al Congreso para la aprobación definitiva que deberá ser objeto de aprobación definitiva en los próximos meses.
El pasado 27 de septiembre se aprobó en el Senado con dos únicas enmiendas el proyecto ley contratos, texto remitido en su día para su tramitación por el Congreso de los Diputados, por lo que a expensas de la aprobación definitiva por la Cámara Baja, en escaso tiempo podríamos tener aprobado el nuevo texto que regirá la contratación administrativa. Texto del proyecto de Ley de contratos que contiene las enmiendas.
No obstante el texto del proyecto ley de contratos establece una vacatio legis de 4 meses desde su aprobación – a salvo de los preceptos sobre gobernanza-, por lo que es previsible que sea ya bien entrado el año 2018 cuando debamos aplicar esta nueva normativa contractual.
Además de que el texto normativo vendrá a cubrir las exigencias de la transposición de las Directivas comunitarias que ya debían haber sido objeto de transposición, el proyecto ley contratos contiene sustanciales modificaciones y novedades en el régimen de la contratación administrativa de las que ahora simplemente nombramos unas cuantas pero que serán objeto de un mayor detalle a lo largo de los próximos días:
- El proyecto ley de contratos pretende la obtención de un sistema de contratación pública más eficiente, transparente e íntegro, mediante el cual se consiga un mejor cumplimiento de los objetivos públicos, implementando las las políticas … en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo y promoción de las PYMES, y todo ello, garantizando la eficiencia en el gasto público y respetando los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad
- Desde un punto de vista sistemático se incluye un libro dedicado en exclusiva a los poderes adjudicadores NO administraciones públicas y el resto de entidades públicas, suprimiéndose las Instrucciones de contratación
- Cobra sustancial importancia la declaración responsable en toda la contratación abierta, regulándose hasta el modelo de la misma.
- Se introducen sustanciales modificaciones al respecto del control de la legalidad de la contratación administrativa con la ampliación del objeto del recurso especial en materia de contratación.
- Al respecto de los procedimientos de adjudicación se regula procedimiento abierto con tramitación simplificada (hasta 100.000 en suministros y servicios y 2.000.000 en obras, salvo poder
adjudicador no administración pública que lo puede utilizar para todo importe), se establece en procedimiento negociado de la obligación de negociar delimitando ponderación y, desaparece el supuesto de negociado sin publicidad por la cuantía ( al que ya nos referimos en «eliminación negociado sin publicidad»). Se mantiene contrato menor pero se rebajan sus cuantías a 40.000 euros obras y 15.000 euros suministro y servicios y se establece un nuevo procedimiento de asociación para la innovación con la idea de favorecer a las empresas más innovadoras