


El proyecto de ley de contratos pasa el trámite del senado
El proyecto Ley Contratos fue objeto de aprobación en el Senado con la introducción de dos únicas enmiendas, siendo objeto de remisión al Congreso para la aprobación definitiva que deberá ser objeto de aprobación definitiva en los próximos meses.
El pasado 27 de septiembre se aprobó en el Senado con dos únicas enmiendas el proyecto ley contratos, texto remitido en su día para su tramitación por el Congreso de los Diputados, por lo que a expensas de la aprobación definitiva por la Cámara Baja, en escaso tiempo podríamos tener aprobado el nuevo texto que regirá la contratación administrativa. Texto del proyecto de Ley de contratos que contiene las enmiendas.
No obstante el texto del proyecto ley de contratos establece una vacatio legis de 4 meses desde su aprobación – a salvo de los preceptos sobre gobernanza-, por lo que es previsible que sea ya bien entrado el año 2018 cuando debamos aplicar esta nueva normativa contractual. (más…)
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Criterio experiencia en la valoración de la oferta. Contratación pública
Tradicionalmente viene recogiéndose en multitud de pliegos de clausulas administrativas que rigen licitaciones publicas, dentro de los criterios elegidos por el órgano de contratación para la valoración de las ofertas presentadas, el criterio experiencia. De este modo los poderes adjudicadores intentan «premiar» en la contratación -de modo ilegal- la supuesta «profesionalidad», «antigüedad» y «solera» que tiene un licitador por el simple hecho de haber llevado a cabo prestaciones idénticas o similares a que es objeto de licitación. Notese que a los efectos de esta entrada la circunstancia de que es el «licitador» y no la «oferta» el portador de la «experiencia» en la mayoría de los pliegos a los que hacemos referencia.
Analizaremos en esta entrada las posibilidades del establecimiento del criterio experiencia, su consideración únicamente a los efectos de capacidad y solvencia y la única de las posibilidades para su determinación como criterio vinculada a contratos de carácter intelectual.
CRITERIO EXPERIENCIA.- PROHIBICIÓN GENERAL A LA UTILIZACIÓN DE LA EXPERIENCIA COMO CRITERIO DE VALORACIÓN.
Desde un punto de vista general el establecimiento del criterio experiencia como criterio valorativo de la oferta viene considerándose contrario a Derecho por cuanto la experiencia de un licitador debe residenciarse en los criterios de capacidad o solvencia y nunca como criterio evaluable y ello por cuanto no pueden mantenerse como criterios de adjudicación aquellos que no van dirigidos a identificar la oferta económicamente más ventajosa sino que están vinculados, en esencia, a la apreciación de la aptitud de los licitadores para ejecutar el contrato en cuestión. (más…)
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Eliminación negociado sin publicidad
La próxima modificación que ultima el Gobierno de la normativa de contratación pública aboga por la eliminación del procedimiento negociado sin publicidad.
En los últimos días vienen recogiéndose en distintos medios de comunicación que el Gobierno última la reforma de la contratación pública que elimina el procedimiento negociado sin publicidad y asimila dicha eliminación con la necesaria transparencia pública y su entronque con la lucha contra la corrupción.
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Procedimiento negociado y empresa no invitada
La Administración no puede negar la participación a empresa no invitada en procedimiento negociado.
Si se niega a cualquier empresario que reúna las cualificaciones necesarias la posibilidad de acudir a una licitación se le puede estar dispensando por parte de la Administración un tratamiento no igualitario y discriminatorio. Informe 33/2009 de la Junta de Contratación Administrativa.
La suerte de tener un buen cliente (y amigo) que se dedica al mundo del toro o como dicen los más puestos en esto «empresario taurino» tiene (además de por supuesto acercarme a un ambiente y costumbres extraordinarias, a algún que otro festejo y capea) la posibilidad de conocer la actitud que desarrollan los diferentes Ayuntamientos de la geografía española en los procedimientos de licitación de las plazas de toros, algunos de los cuales, quizá por lo concreto de la materia y la dificultad del establecimiento de criterios objetivos de elección, dejan bastante que desear y que bien merecerían el tratado a que me hacía referencia en mi cuenta de twitter.
Estoy valorando seriamente escribir un "tratado" sobre #contratación administrativa y los #toros @cajsatoros
— Sergio Clavero (@sclaverom) May 11, 2016
Hace unos días, una llamada de ese cliente -habitual en los meses de abril y mayo cuando se desarrollan los procedimientos de licitación de las plazas-, me indicaba que en el «Ayuntamiento «X» no me cojen la documentación porque dicen que no me han invitado al procedimiento» «¿Que hago?» …
Obviamente el procedimiento en cuestión era un procedimiento negociado sin publicidad y aunque al final el cliente consiguió su objetivo de «presentar» la documentación (y evidentemente no resultar adjudicatario), ello nos obligo a analizar la doctrina de diferentes Juntas de contratación administrativas para justificar el derecho a la participación en el procedimiento. (más…)